La Ley 1480 de 2011
define como consumidor o usuario a toda persona natural o jurídica que, como
destinatario final, adquiera, disfrute o utilice un determinado producto,
cualquiera que sea su naturaleza para la satisfacción de una necesidad propia,
privada, familiar o doméstica y empresarial cuando no esté ligada
intrínsecamente a su actividad económica. En pocas palabras todos somos consumidores.
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Precisamente en la mencionada ley, conocida también como Estatuto del Consumidor, se plantean como objetivos “Proteger, promover y garantizar el libre ejercicio de los derechos de los consumidores, así como amparar el respeto a su dignidad y a sus intereses económicos”. Aunque muchos no lo crean, tenemos una valiosa herramienta en un mundo cada vez más convulsionado por la alta demanda de bienes y servicios.
Viajar, ir a un
restaurante, comprar en el supermercado, hospedarse en un hotel, ir a un bar,
entre otras acciones comunes para todos los seres humanos, hacen parte de
acciones propias de consumo, un universo donde se debe proteger al consumidor
frente a riesgos para su salud y seguridad, garantizando la información y
educación adecuada para que este “pueda hacer elecciones bien fundadas”,
permitiéndoles, además, defender los derechos que sientan afectados en las
relaciones surgidas en una relación de consumo.
No solo se trata de
incumplimientos en la calidad del producto, también se trata de que los
productos o servicios demandados “no causen daño en condiciones normales de
uso”. La “información completa, veraz, transparente, oportuna, verificable,
comprensible, precisa e idónea respecto de los productos que se ofrezcan o se
pongan en circulación” hace parte de una protección que inicia en el deber del
productor, o vendedor, de asegurar la idoneidad y seguridad de los bienes y
servicios que ofrecen, así como su calidad.
Las acciones
jurisdiccionales para la protección del Consumidor existen, pero el derecho del
consumidor es desestimado por productores, proveedores y, tristemente, por los
propios consumidores. Para que se protejan los derechos, estos deben ser
difundidos, promovidos y garantizados. Una tarea en la que Colombia transita
lentamente y un universo en el que todos participamos enceguecidos por el
propio consumismo. El Estatuto del Consumidor es una inestimable herramienta
social y económica que pasa desapercibida por las manos de muchas personas. Un
instrumento legal ignorado como muchos otros.
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